Sentencia española en la que se condena al autor de un blog por un comentario realizado por un tercero. Al final todos los blogs tendremos que eliminar los comentarios.
29-07-2006
Categoría: Información y noticias sobre la blogosfera
Increíble la noticia que ya venía viendo en los medios estos últimos días. El autor del blog Mafius Blog ha sido condenado por una sentencia española por un comentario vertido en su blog contra un profesor de su Instituto. La sentencia sienta la sorprendente doctrina, asimilando el blog a por ejemplo un periódico, de que el dueño del blog es como el director de un medio y por lo tanto eres responsable de los comentarios que se hacen en tu blog aunque tu no seas el autor/a. Como si la no posibilidad de identificar al comentarista (la mayoría de internautas utilizan nicks) derivase la responsabilidad en el autor del blog. Podéis ver más información en el propio blog del autor o en Antonio José Chinchetru.
Es obvio que la jueza en cuestión no tiene ni pajolera idea de lo que es un blog o de como funciona Internet, los blogs, los foros online, de hecho el chaval hasta proporcionó el IP de la persona que había dejado el comentario y hasta la ruta que había seguido, o eso afirma en su blog, considero que ahí termina la diligencia exigible al autor del blog. Efectivamente, uno puede procurar que los comentarios no se salgan de madre, yo borro los comentarios que son meros insultos pero por puro sentido común, por no aportar nada, entorpecer la lectura y no tener relación alguna con el contenido del blog, pero en ningún caso pensando ni remotamente que yo podría ser responsable (aunque sea subsidiario) de dichos comentarios. Incluso si fuera un blog de corte más político y hubiera un debate en una anotación en la que interviniera algún autor exponiendo posturas xenófobas o racistas e incluso con algún insulto de por medio, probablemente no lo borraría precisamente para mostrar esa aberración y permitir la crítica de otros participantes. Pero parece que haciendo eso estaría en la cuerda floja, a tiro de jueza vaya. ¿Y voy a denunciar eso en un Tribunal? ¿Voy a ir al Tribunal o a la policía diciendo, miren en mi blog (hay 50 millones) pero en mi blog, alguien ha insultado a Menganito, lo digo para que sepan que no he sido yo?
Supongo que lo que tendría que haber hecho el autor del blog para salir libre de este atolladero es borrar dicho comentario, o, mejor dicho, dejarlo pero denunciar de inmediato su existencia comunicándolo en el Instituto o a la policía, porque si lo borras estás borrando la prueba de la falta o daño cometido y entonces si que te pueden condenar por listo. En definitiva, tienes que hacer de Sumo censor y acusador público de todo lo que se vierta en tu blog, que por definición es accesible a cualquiera dado el medio y no asimilable a otros medios donde la participación de terceros puede pasar un filtro (Cartas al Director...) que no existe en el blog, puesto que si borras el comentario , borras la prueba del daño cometido. Y entender que la diligencia debida al escribir un blog exige denunciar lo que se vierte en los comentarios es inaceptable, porque supone el desconocimiento de que en el blog la anotación pertenece al autor del blog y los comentarios como los chats o los foros online, son campo abierto a la expresión de cualquier internauta, denunciables en su caso por cualquiera o por el perjudicado pero sin derivarse en ningún caso una responsabilidad para el autor del blog.
Art. 1902 del Código Civil español: "El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado". El Art. 1903 añade que "La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder". Y es aquí, señores míos donde la jueza supongo que deriva la responsabilidad del autor del blog por los comentarios de terceros, subsidiaria entiendo para el caso de que no pueda identificarse al autor del comentario.
Luego al final tendremos que seguir todos el camino que a mi juicio desvirtualiza la esencia del blog y eliminar los comentarios, no vaya a ser que encima nos condenen. O lo que tampoco me gusta nada, moderar los comentarios, es la única manera de no pasar por una situación como la descrita, filtrar todo lo que se publica en tu blog aunque no seas el autor. ¿Y si tienes un foro público online? Pues supongo que más de lo mismo, filtrar todas las intervenciones. ¿Y si tienes un chat público? mejor no sigamos.
Un blogger según la brillante sentencia, no sólo es responsable de sus actos, sino de todo internauta que se precie y le de por pasarse por su blog con malos vientos y bajo anonimato que es el pan de cada día, toma pan y moja. Ya no sólo hay que pegarse con el Spam, sino estar ojo avizor con lo que se dice en nuestro blog, que viene la de la Balanza y nos arrea, constipado.
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Hola!
Segui ya hace unos días este caso del chaval del instituto, y aun es sorprendente. Qué sera lo próximo?
Estimado compañero blogger:
Creo que comparto la mayoría de las cosas que dices y el espíritu que te anima, sin embargo, y sin conocer a fondo la legislación española, me parece que no es culpa de la jueza, sino del legislador, y no me refiero al antiguo legislador que quizá no previó la existencia de los blogs, sino al legislador actual que no ha actualizado la legislación.
Saludos,
Héctor
http://noticiero.zoomblog.com
Tiene razon Hector, pero claro, el legislador querido Hector, no es este o el otro. El legislador es un proceso que arranca desde la voluntad del pueblo por ver plasmada una legislación determinada.
Son nuestro políticos los que debe "proponer" y esa ley sale adelante.
El problema radica, cuando un determinado colectivo que quiere ampararse y proponer una ley, como es el caso, no tiene una asociación que lo respalde.
En España está la Asociación de Internautas, que es como la ONU; solo sirve para "que quede bonito"
Hector es más que probable que con el estado actual de la legislación española no quepa otra interpretación de la Ley que la que ha hecho la jueza, pero tengo serias dudas porque mucho me temo que la jueza ha tirado por el camino fácil de asimilar el blog a otros medios offline para poder aplicar así una Ley que si existe, en lugar de tomar en consideración las particularidades de este medio y ponderar así una decisión que de extenderse puede hacer los blogs irrespirables.
Lamentablemente, a menos que exista una disposición constitucional u otra en la que la jueza pueda fundamentarse tendrá que aplicar la ley, pues está obligada a hacerlo; la norma considerada en el post, aisladamente considerada, no da para más; los legisladores deben cambiar la legislación para que los jueces, en el futuro no se vean obligados a tomar decisiones, que muy probablemente no querrían tomar.
Supongo que partiendo de este caso que nos presentas entonces se podrían denunciar mil casos sin tener ninguno nada de seriedad.
¿Imaginas el trabajo que supondría y la pérdida de tiempo en los palacios de justicia?
Pues ese es el problema, un total desconocimiento de la Red por parte de la Ley y por ende los Tribunales
totalmente de acuerdo con Blogum... de echo yo tuve que quitarlos de los 3 blogs que tengo dado que existian comentarios y demas lios que ufff miedito...aunque no veo la culpa de un comentario de terceros...Eeeepaña va bien